El pago de la PTU es un derecho constitucional de los trabajadores y una obligación legal de las empresas
STAFF NOTICIAS

La presidenta del Colegio de Contadores Públicos Chiapanecos, la contadora pública certificada Martha Lilia de la Cruz Chamé, afirmó que el reparto de utilidades 2026 representa uno de los derechos laborales más importantes para los trabajadores mexicanos, además de constituir una obligación legal y constitucional para las empresas que hayan generado utilidades durante el ejercicio fiscal 2025.
Durante una entrevista informativa, la dirigente del organismo profesional explicó que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tiene sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo, por lo que no se trata de un incentivo opcional, sino de un derecho laboral plenamente establecido en la legislación mexicana.

“El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores y una obligación patronal. No es un bono adicional ni una prestación discrecional; es una retribución derivada del esfuerzo de los trabajadores en la generación de ganancias para las empresas”, puntualizó.
La especialista explicó que las empresas deben destinar el 10% de su utilidad fiscal gravable para distribuirla entre sus trabajadores, monto que se determina a partir de la declaración anual presentada ante el Servicio de Administración Tributaria.

Asimismo, detalló que las personas morales tienen como fecha límite el próximo 30 de mayo para cumplir con esta obligación, mientras que las personas físicas con actividad empresarial tendrán hasta el 29 de junio para efectuar el pago correspondiente.
De igual manera, señaló que las empresas deben transparentar el proceso mediante la integración de las comisiones mixtas, organismos internos conformados por representantes de trabajadores y patrones, encargados de revisar y validar la correcta distribución de la PTU.
Martha Lilia de la Cruz Chamé destacó que el reparto de utilidades no solo representa un beneficio económico para los trabajadores, sino también un mecanismo que fortalece el sentido de pertenencia, el compromiso laboral y la estabilidad dentro de las empresas.
“Cuando una empresa cumple correctamente con el reparto de utilidades, también fortalece la confianza de sus trabajadores, mejora el ambiente laboral y genera mayor compromiso con la productividad”, subrayó.
Por su parte, el vicepresidente del colegio, Luis Fernando Aguilar Figueroa, explicó que los trabajadores cuentan con herramientas legales para defender este derecho en caso de detectar irregularidades o incumplimientos.
Indicó que el primer paso debe ser el diálogo directo con el patrón a través de la comisión mixta; sin embargo, en caso de persistir inconsistencias, los trabajadores pueden acudir a instancias como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para solicitar orientación y revisión del procedimiento.
El especialista también aclaró que los trabajadores eventuales tienen derecho al reparto de utilidades siempre que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal correspondiente, aun cuando ya no se encuentren laborando actualmente en la empresa.
“Muchos trabajadores eventuales desconocen que tienen derecho a recibir PTU. La ley protege también a quienes participaron temporalmente en la generación de utilidades de una empresa”, explicó.
Finalmente, los representantes del Colegio de Contadores Públicos Chiapanecos hicieron un llamado tanto a empleadores como a trabajadores a privilegiar el cumplimiento, la transparencia y la comunicación durante este proceso.
“El reparto de utilidades no debe verse como un conflicto, sino como un mecanismo de justicia laboral y reconocimiento al esfuerzo compartido entre empresas y trabajadores”, concluyeron.
PIE DE FOTO:
Especialistas llaman a privilegiar el diálogo, la transparencia y el cumplimiento oportuno para evitar sanciones.
FOTO: CORTESÍA
