Determinaron que no es competencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas

Luis Vallejo NOTICIAS

Foto: Luis Vallejo Pie: El TEPJF recordó que el Concejo de Oxchuc fue designado por el Congreso de Chiapas y no por voto popular.

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) en la que acredita la obstrucción en el ejercicio del cargo y presunta violencia política de un funcionario del municipio indigena de Oxchuc.
Lo anterior luego de que un integrante del Concejo con datos protegidos indicó que el TEECH no llevó a cabo las investigaciones pertinentes y aludió a actos de incongruencia, por lo que la institución dejó de recibir pruebas que serían fundamentales para la impugnación contra la violencia política en su calidad como funcionarios y sólo recopiló la información al momento de realizar la denuncia.
El pleno de la Sala Xalapa determinó que los tribunales electorales no cuentan con las facultades para determinar o resolver este tipo de situaciones debido a que los actos de los que acusan están fuera de la competencia de las funciones del TEECH, esto debido a que los puestos de concejales no provienen del voto popular, sino de la designación del Congreso Local.
En ese sentido el TEPJF señaló la falta de competencia en la designación de autoridades por el TEECH, y quedó anulada al no tener injerencia en temas que involucren la designación de nuevos funcionarios municipales y deben centrarse en la protección de los derechos los integrantes del nuevo ayuntamiento de Oxchuc.
Cabe recordar que el Concejo de Oxchuc fue designado a través del Decreto 123 del Congreso del Estado de Chiapas el pasado mes de marzo y eso respalda la decisión definitiva del Pleno de la Sala Xalapa.