El Universal

La semana pasada, las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos aprobaron, con el voto de Morena y sus aliados, reformas a la Ley de Amparo para impedir que los jueces otorguen suspensiones en contra de la implementación de normas generales y con ello tampoco puedan suspender obras de los gobiernos.
La reforma, presentada por el senador Ricardo Monreal, fue aprobada por 19 votos a favor y 13 en contra, evitará que los jueces suspendan leyes o reformas generales impugnadas mediante el juicio de amparo.
Al respecto, la Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C manifestó su rechazo a la aprobación en Comisiones de la Cámara Alta de la iniciativa que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo que, dijo, “pretende limitar la capacidad de actuación de las personas juzgadoras y los efectos de las suspensión de normas generales”.
La Barra Mexicana refirió que la reforma propuesta busca restringir las facultades de las personas juzgadoras para suspender normas generales, en contradicción con la reforma constitucional de 2011, “que reconoció los derechos humanos como el parámetro de validez de todo el orden constitucional mexicano”.
“Es fundamental mantener la facultad constitucional de las personas juzgadoras para otorgar suspensiones y proteger así los derechos humanos, tanto en su vertiente individual como colectiva, evitando violaciones irreparables a los mismos en perjuicio de todas las personas en territorio mexicano”, indicó.
Agregó que en consonancia con la reforma constitucional de 2011, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que los efectos del amparo pueden beneficiar a terceros ajenos a la controversia, lo que es deseable para proteger los derechos de naturaleza colectiva y difusa que impactan en el orden público y el interés social.
“Exhortamos al Congreso de la Unión a convocar a un parlamento abierto previo a la discusión y aprobación de la iniciativa”, señaló el Colegio de Abogados.
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La Barra Mexicana refirió que la reforma propuesta busca restringir las facultades de las personas juzgadoras para suspender normas generales, en contradicción con la reforma constitucional de 2011.
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