La Razón

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró definitivamente la puerta a magistrados y jueces federales que pretendían asegurar sus salarios y prestaciones frente a los cambios derivados de la reforma judicial aprobada en 2024.

El Pleno declaró sin materia la Consulta a Trámite 13/2024, promovida por integrantes de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED).

El proyecto de resolución, elaborado por la ministra Loretta Ortiz, determinó que los juzgadores federales buscaban un pronunciamiento anticipado sobre una situación que aún no se materializaba, pues la solicitud fue presentada incluso antes de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2025.

El proyecto concluyó que los mecanismos legales utilizados por los promoventes no eran los adecuados para resolver su planteamiento; segundo, que la Corte carece de atribuciones para funcionar como órgano de consulta.

El conflicto se originó el 18 de octubre de 2024, cuando diversos magistrados y jueces federales presentaron un escrito solicitando que el máximo tribunal interpretara el artículo 94 constitucional y los transitorios de la reforma judicial publicada el 15 de septiembre de ese año.

Los promoventes solicitaron que “se evite cualquier disminución de las remuneraciones ordinarias, consistentes en sueldos y salarios, incluida la compensación garantizada” y que “se prohíba a cualquier autoridad administrativa o ejecutora […] la supresión o extinción de cualquier otra percepción de naturaleza extraordinaria”.

Su argumento central era que cualquier recorte salarial vulneraría el principio de independencia judicial, considerado pilar fundamental del Estado de derecho. Además, pidieron que se ordenara al entonces Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos para proteger sus percepciones.

El Pleno concluyó que la petición no planteaba una controversia real sobre un acto concreto de afectación, sino una consulta preventiva motivada por la incertidumbre sobre cómo se aplicarían los topes salariales que establecen que ningún funcionario puede ganar más que la presidenta de la República en el nuevo marco constitucional.

La sentencia enfatizó que “esta Suprema Corte ha identificado que fuera de ese supuesto no se cuenta con atribución alguna para funcionar como órgano consultivo para dar respuesta a planteamientos de particulares o de autoridades”.

Un elemento determinante fue la reforma sobre “supremacía constitucional” publicada el 31 de octubre de 2024, que declara inimpugnables las modificaciones a la Constitución. El fallo subraya que “existe una prohibición expresa del Constituyente que impide someter a escrutinio de regularidad las reformas al texto constitucional”.

Con esta resolución, la Corte ordenó desechar el escrito por ser “notoriamente improcedente” y devolver los autos a la Presidencia del tribunal para que provea lo conducente, cerrando así la vía que pretendían utilizar los juzgadores federales para blindar sus ingresos.

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Los mecanismos legales utilizados por los promoventes no eran los adecuados para resolver su planteamiento.

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